Esta Declaración Jurada deberá ser presentada por las personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial que hayan pagado rentas del Art.42 Nº1, de la Ley de la Renta, consistente únicamente en sueldos, sobresueldos, salarios y cualesquiera otras rentas similares (excluidas las pensiones, jubilaciones o montepíos que se informan mediante el Formulario N° 1812 comentado anteriormente), correspondientes al año inmediatamente anterior al que se informa y que, conforme a la Ley, hayan estado afectados con el Impuesto Único de Segunda Categoría. Se excluyen de esta obligación de presentar el Formulario N° 1887 las personas que utilicen servicios de casas particulares, como ser, empleadas domésticas o asesoras del hogar, jardineros, etc., que tengan la calidad de trabajadores dependientes.
Para lograr la obtención de los certificados de Renta, es básico tener la relación mínima del proceso del módulo de nómina. La Información básica del ciclo de nómina, proviene desde la ficha de los trabajadores y del movimiento mensual efectuado. Debe estar completo el ciclo de remuneraciones, vale decir, emitidas las liquidaciones de sueldos y cerrados los meses.
Generación de certificados
Nómina > Certificados > Nuevo
Al seleccionar nuevo, el sistema muestra la siguiente pantalla, en ésta se deben informar los factores de actualización para cada mes, el año a seleccionar es 2015:
Los factores de corrección monetaria para el año 2015 los puede ver aquí.
Luego de haber ingresado los factores deben presionar el botón "Generar".
Finalmente ordeno la generación de los certificados correspondientes, ante lo cual el sistema entregará un mensaje de validación respecto a la correcta generación de estos certificados.
Los Certificados quedan en estado por aprobar, para poder ser vistos y comparados primeramente, por lo tanto todavía no se les asigna un número de certificado definitivo.
El Certificado puede ser previamente visto, disponible para impresión, etcétera. Mientras el certificado se encuentre por aprobar podrá ser eliminado, si está aprobado sólo puede ser anulado el certificado. Una vez aprobado el certificado, se asigna un folio a este:
Ahora teniendo nuestros certificados aprobados y con sus folios asignados podemos pasar a la carpeta RETENCIÓN DE SUELDOS para generar la Declaración Jurada correspondiente. Pasamos a la carpeta RETENCIÓN DE SUELDOS en donde podemos generar la Declaración Jurada correspondiente (en esta caso año 2014) para enviar al Servicio de Impuestos Internos y así también otras características.
Para Generar el Archivo de la Declaración Jurada debo presionar el botón Generar Archivo y el sistema proporcionará un documento que puede ser almacenado en su PC, pero no debe ser manipulado para registrar el correcto envío al SII.